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Subvenciones Municipales



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Descripción El objeto de estas bases es regular la concesión de ayudas municipales a entidades con sede social, o delegación en el concejo de Corvera, o que desarrollen actividades y servicios en el ámbito territorial del municipio, o que no teniendo ni sede, ni delegación, cuenten con socios residentes en este municipio, durante el año en curso, desarrolladas por asociaciones y colectivos que se encuentren debidamente legalizados e inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Corvera de Asturias, salvo cuando se trate de entidades que extiendan su actividad a un ámbito geográfico superior al municipal.

Quedan excluidos de inscripción los centros educativos del municipio, por formar parte de Administraciones Públicas Autonómicas y/o Locales.
Solicitantes o destinatarios Servicios Sociales, Asociaciones de Madres o Padres, Centros Educativos e Institutos de Corvera, Consumo, Mujer, Juventud, Asociaciones de vecinos, Asociaciones de Jubilados, Asociaciones Culturales, Asociaciones de Festejos, Clubes deportivos y cualquier asociacion o grupo de personas que cumpla con las condiciones de la solicitud.
Forma de Iniciación A instancia del interesado
Lugar de presentación Casa Consistorial - Nubledo/Nubleo
Centro Tomás y Valiente - Las Vegas/Les Vegues
Centro Cultural Jose Avelino Iglesias - Trasona/Tresona

Sede Electrónica del Ayuntamiento de Corvera de Asturias
Plazo de presentación Los Determinados en las bases de la convocatoria
Unidad Tramitadora La comisión de Valoración de Subvenciones, que formulará la propuesta de concesión que será elevada al órgano competente.
Órgano competente para resolver El Área de Cultura, Deportes o Servicios Sociales, según el epigrafe donde se inscriba la subvención.
Recursos Recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución
Contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso en el plazo de 2 meses
Cualquier otro que se estime procedente

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancia de solicitud debidamente cumplimentada: Instancia de solicitud debidamente cumplimentada Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
LO 4/2021 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
REG 2016/679 REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Tramitación presencial
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Tramitación telemática
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