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Licencia de primera ocupación de viviendas y edificios



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Descripción La licencia de primera ocupación acredita que la obra realizada se ajusta a la licencia urbanística concedida, así como que reúne las condiciones técnicas de seguridad, salubridad y accesibilidad y que puede habilitarse para el uso al que se destina
Solicitantes o destinatarios Está obligado a solicitar licencia de ocupación para la primera utilización de los edificios el titular de la licencia urbanística de obras. Subsidiariamente, dicha solicitud podrá ser realizada por el adquirente o usuario de la edificación
Plazo de presentación Se establece la obligación de solicitar y obtener licencia municipal para la primera ocupación o utilización de las edificaciones, una vez terminada su construcción, rehabilitación o reforma
Lugar de presentación Casa Consistorial en Nubledo
Centro Tomás y Valiente de Las Vegas
Centro Cultural de Trasona
Cualquier otro previsto en la Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo
Pago o cobro Según ordenanzas fiscales en vigor publicadas en la página Web municipal (www.corvera.es)
Unidad Tramitadora Urbanismo
Órgano competente para resolver Alcalde u órgano en quien delegue
Plazo máximo de Resolución y Notificación 1 mes
Efectos del silencio Administrativo Los interesados podrán entender estimadas por silencio administrativo sus solicitudes en todos los casos, salvo que una norma con rango de Ley o norma de Derecho Comunitario Europeo establezca lo contrario y en aquellos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, así como los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones, en los que el silencio tendrá efecto desestimatorio. En ningún caso podrán adquirirse por silencio facultades en contra de las prescripciones de las leyes, el planeamiento y demás normativa urbanística.
Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (Decreto 17/6/1955 art. 9)
Recursos Recurso de reposición ante el Alcalde (1 mes)
Recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso (2 meses)
Cualquier otro que estime procedente

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Certificado Final de obra: Certificado Final de obra Obligatorio Ambas
Declaración de alta en el Catastro (Mod. 902): Declaración de alta en el Catastro (Mod. 902) Obligatorio Ambas
Justificante Pago Tasas Correspondintes (Ord 201 y 302): Justificante Pago Tasas Correspondintes (Ord 201 y 302) Obligatorio Ambas
Modificados del proyecto si se realizaron: Modificados del proyecto si se realizaron Opcional Ambas
Instancia de solicitud debidamente cumplimentada: Instancia de solicitud debidamente cumplimentada Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley 30/92 de 26 de noviembre Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Reg. OTPA Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (Decreto 278/2007)
NNSS Planeamiento 97 Normas Subsidiarias del Planeamiento de Corvera de Asturias, publicadas en el BOPA de 21/2/1997
Reg. Servicios Corp.Locales Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (Decreto 17/6/1955)
Ordenanza Fiscal 3.02 Ordenanza Fiscal municipal nº 3.02 Tasa por expedición de Licencias Urbanísticas
Ley 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
LO 4/2021 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
REG 2016/679 REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Ley 40/2015 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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