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Autorización para la celebración de espactáculos públicos y actividades recreativas



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Descripción Con este procedimiento se pueden presentar solicitudes ante el registro General del Ayuntamiento en relación a la organización de fiestas y actividades ciudadanas en espacios públicos y cuando se solicite algún tipo de colaboración por aprte del Ayuntamiento.
Forma de Iniciación Presentación de la solicitud y en su caso, documentación correspondiente por parte de los interesados
Solicitantes o destinatarios Personas jurídicas interesadas en organizar una actividad festiva o ciudadana en el municipio.
Unidad Tramitadora Cultura
Plazo de presentación En cualquier momento a lo largo del año.
Lugar de presentación Casa Consistorial. Horario 09:00 a 14:00 horas
Centro Tomás y Valiente de Las Vegas
Centro Cultural de Trasona
Cualquier otro previsto en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo
A través de la Sede Electrónica en cualquier momento

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancia debidamente cumplimentada: Instancia debidamente cumplimentada Obligatorio Ambas
Plan de autoprotección: Plan de autoprotección suscrito por técnico competente con el contenido mínimo indicado en el anexo II del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, en los siguientes casos:
• Instalaciones cerradas desmontables o de temporada con capacidad igual o superior a 2.500 personas.
• Todas aquellas actividades desarrolladas al aire libre con un número de asistentes previsto igual o superior a 20.000 personas.

En el resto de situaciones, se presentará PLAN DE EMERGENCIA suscrito por técnico competente, con el contenido mínimo indicado en
la Disposición transitoria cuarta de la Ley 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
Obligatorio Ambas
Documento acreditativo de disponibilidad de local, establecimiento, instalación o espacio público: Documento acreditativo de disponibilidad de local, establecimiento, instalación o espacio público adecuados para celebrar la actividad (Artículo 19.1.a) de la Ley del Principado de Asturias 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades
Recreativas).
Obligatorio Ambas
Póliza y recibo que acrediten el Aseguramiento de los riesgos derivados de la actividad: Póliza y recibo que acrediten el Aseguramiento de los riesgos derivados de la actividad (Artículo 19.1.c) de la Ley del Principado de Asturias 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas). Según RD 38/2002 Obligatorio Ambas
Programa de actividades: Programa de actividades con indicación de horarios de inicio y finalización Obligatorio Ambas
Justificación del pago de la tasa 303 : Justificación del pago de la tasa 303 por licencia de apertura de establecimientos. Los procedimientos para actividades de carácter temporal, por plazo no superior a 6 meses devengarán únicamente el 25% de la tasa. Los procedimientos en actividades para la organización de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter eventual por plazo no superior a 15 días devengarán únicamente el 5% de la tasa. Obligatorio Ambas
Justificación del pago de la tasa 309: Justificación del pago de la tasa 309 por ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas, tribunas, tablados, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones, así como industrias callejeras y ambulantes.
Opcional Ambas
Permisos de otras Administraciones.: Permisos de otras Administraciones.
En caso de elementos pirotécnicos. El desarrollo de actividades que potencialmente puedan afectar a la seguridad de las operaciones aéreas de los aeropuertos requiere de una coordinación previa para corroborar la compatibilidad de la actividad con dicha seguridad, a través de las medidas que se definan. Para este trámite es necesario cumplimentar y aportar el formulario con el que cuenta a tal efecto AENA a la dirección de correo seguridad_operacional_ovd@aena.es. Es muy importante indicar, además de la fecha, hora y duración concretas, el lugar exacto del lanzamiento y la altura máxima prevista. La solicitud se deberá enviar al menos 20 días hábiles antes de la fecha de la actividad, no pudiéndose asegurar la contestación al solicitante por parte de AENA en caso de incumplimiento del plazo de presentación de la solicitud.
Opcional Ambas
Certificación suscrita por técnico competente : Antes del inicio de la actividad, deberá presentarse Certificación suscrita por técnico competente y visada por su correspondiente colegio profesional, justificando el cumplimiento de las condiciones de seguridad e higiene exigibles según la actividad (Artículo 19.1.b) de la Ley del Principado de Asturias 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas). Dicho certificado versará sobre la correcta instalación y montaje de las instalaciones: carpas, escenarios, atracciones y semejantes. Obligatorio Ambas
Póliza de seguro y certificado de revisión en caso de instalación de barracas:
-Póliza y justificante de pago del seguro de responsabilidad civil de la atracción ferial y/o barraca.
-Certificado de revisión anual de cada atracción ferial y/o barraca
Opcional Ambas
Plano, esquema y póliza de seguro en espectáculos pirotécnicos:
-Plano con la localización del lugar del disparo.
-Esquema de los fuegos artificiales, certificado de los dispositivos a disparar, certificado de seguridad.
-Póliza y justificante del pago del seguro de responsabilidad civil de la empresa del disparo.
Opcional Ambas
Segruro y ambulancia en caso de pruebas deportivas:
-Seguro contra accidentes que cubra la actividad en concreto, para esos días y en ese lugar, y recibo de pago del mismo.
-Ambulancia con médico.
Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
REG 2016/679 REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Ley 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
LO 4/2021 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

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